Durango

Entidad: Durango
Ley o decreto: Ley de protección de periodistas y personas defensoras de derechos humanos en el estado de Durango
Año: 2022
Mecanismo y/o unidad: Mecanismo para la Protección de Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos de Durango.
Contacto: 618 840 62 35 – Centro Comercial Del Bosque, Fraccionamiento Lomas del Parque, Victoria de Durango, Dgo. C.P. 34100
cedh-durango.org.mx/wp/mecanismo-para-la-proteccion-de-periodistas-y-personas-defensoras-de-derechos-humanos/

Buena Práctica

Establece una definición amplia e inclusiva de quién es una persona defensora.

Establece una definición amplia e inclusiva de quién es una persona periodista.

Incorpora un concepto amplio y adecuado de agresión (Vida, integridad física, psicológica, moral, económica, libertad, seguridad, bienes o derechos).

Establece la necesidad de contemplar la perspectiva de género y enfoques diferenciados.

Incorpora un enfoque individual y colectivo de la protección.

Establece medidas diversas de protección (Urgentes, preventivas, protección, prevención y con carácter social).

Contempla la participación de sociedad civil, periodistas y personas defensoras con voz y voto a través de un Consejo Consultivo.

Establece una Junta de Gobierno o Consejo de Medidas interinstitucional, con participación de instituciones clave

Establece obligación legal de cooperación por parte de autoridades locales y cuerpos de seguridad.

Establece pasos definidos para acceder al mecanismo de protección.

Establece áreas técnicas diferenciadas dentro del Mecanismo (análisis de riesgo, implementación de medidas, prevención, monitoreo y seguimiento).

Cuenta con tiempos establecidos para cada uno de los procedimientos.

Establece sistemas de alertas tempranas y planes de contingencia.

Contempla la presentación de recursos de inconformidad.

Establece la posibilidad de firmar convenios de colaboración.

Establece una Mesa de trabajo multisectorial.

La Ley establece mecanismos para obtener recursos financieros que permitan la operación e implementación de medidas (Fondo, Fideicomiso, entre otros).

Establece responsabilidades o sanciones para servidores públicos.

Establece la obligación de emitir informes periódicos públicos.

Contempla unidades y mecanismos claros en materia de transparencia y acceso a información.

¿Cumple?

PARCIAL

PARCIAL

PARCIAL

Artículo

Art. 2 XIII

Art. 2 XI

Art. 2 I y 43

Art. 2

Art. 37 y 39

Art. 4

Art. 8 al 10

Art. 43

Art. 41 III

Art. 41 VII y 48

Art. 52

Art. 50 y 51

Art. 4

Art. 27

Art. 35